domingo, diciembre 28, 2025
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Vulneró derechos de un cliente: Indecopi multó a Cineplanet por impedir ingreso con bebida a función de Dragon Ball

Esta cadena de cine fue multada por impedir el ingreso de un espectador a una función en su local del Real Plaza Piura, debido a que llevaba una Inca Kola en botella de un litro. La denuncia presentada por el afectado detallaba que el personal de la empresa no le permitió acceder a la sala de cine con la bebida, violando así sus derechos como consumidor.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a la cadena de cines Cineplanet con una multa de 3,49 UIT (aproximadamente S/ 15.000), tras comprobar que el 23 de enero impidió injustificadamente el ingreso de un espectador con una botella de Inca Kola de un litro a una función de Dragon Ball Daima en su local de Real Plaza Piura.

De acuerdo con la investigación de Indecopi, el personal de Cineplanet detuvo al asistente a pesar de que este mostró su entrada y accedió a la revisión de su mochila. La empresa alegó que la bebida no era similar a las que expende en sus instalaciones, ya que vendía gaseosas en vasos de papel de hasta 32 onzas, mientras que el espectador llevaba una botella plástica de un litro. Sin embargo, la autoridad reguladora determinó que el producto sí compartía características equivalentes y que la restricción no estaba debidamente justificada.

Indecopi recordó que, según el Código de Protección y Defensa del Consumidor, los cines no pueden prohibir el ingreso de alimentos o bebidas si estos son similares a los que comercializan, aunque provengan del exterior. En este caso, la gaseosa en envase plástico no representaba un riesgo para la seguridad ni incumplía criterios razonables de presentación, por lo que el impedimento constituyó una infracción.

Además de la multa económica, la resolución incluye medidas correctivas: Cineplanet deberá permitir el ingreso de productos externos equivalentes a los que ofrece, y capacitar a su personal sobre la normativa vigente. También deberá pagar las costas del procedimiento, que ascienden a S/ 36,00. La empresa tiene un plazo de quince días hábiles para cumplir con la sanción, aunque puede apelar la decisión ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N.º 3.

Cabe mencionar que no es la primera vez que Cineplanet enfrenta sanciones por vulnerar derechos del consumidor. En mayo de 2024, fue multado con S/ 68.480 luego de que una cliente sufriera una lesión al morder un objeto metálico en su canchita. Estos antecedentes reafirman la importancia de que las cadenas de cine ajusten sus prácticas a las disposiciones legales y brinden servicios adecuados y seguros a sus usuarios.

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