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Fallo del TC ordena no investigar a Dina Boluarte, y magistrado admite que congreso se equivocó con Pedro Castillo

El Tribunal Constitucional ordenó suspender todas las investigaciones fiscales contra Dina Boluarte hasta el fin de su mandato. Polémico fallo ha despertado cuestionamientos.

Dina Boluarte enfrenta múltiples investigaciones fiscales por presuntos delitos de enriquecimiento ilícito, encubrimiento personal, falsificación de documentos y omisión de funciones. También por el caso conocido como ‘Rolexgate’, donde se le acusa de haber recibido relojes de lujo como soborno.

También es investigada por la represión durante las protestas de diciembre de 2022 y enero de 2023, que dejaron al menos 59 muertos. O por su posible implicación en la fuga del prófugo Vladimir Cerrón, líder de Perú Libre.

Se habla de hasta 40 investigaciones. Pero por mandato del TC, todas estas investigaciones quedarán suspendidas hasta el fin del mandato de la presidenta, el 28 de julio de 2026.

Muchos de los entusiastas defensores de este fallo del TC, durante el gobierno de Pedro Castillo pedían que fuera investigado. Tanto así, que se inhabilitó a la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por no hacerlo.

Ante esta situación, el magistrado del TC, Pedro Hernández afirmó que en Congreso cometió un error al inhabilitar a Zoraida Ávalos, pues ella usó una interpretación histórica de la Constitución para proteger la investidura presidencial.



Mientras tanto, Luz Pacheco, presidenta del TC, respondió a los cuestionamientos sobre el fallo a favor de Dina Boluarte y justificó el trato diferencial entre Castillo y Boluarte. Aseguró que el fallo está dirigido a la investidura presidencial y no a la persona que ocupa el cargo.

Tenemos una situación muy concreta (…) nunca hablamos de la presidenta, sino de quien preside. Lo del señor Castillo es una situación muy especial, él ha dado un golpe de Estado. No creo que se deba equiparar una situación con la otra”, dijo Pacheco a Canal N.

El Poder Judicial sostiene que no hay restricciones para investigar al presidente de la república por cualquier delito, ya que iniciar y realizar una investigación no es presentar una acusación mientras el funcionario esté en el cargo.



El Ministerio Público argumentó que las investigaciones al presidente de la república tienen como objetivo realizar acciones urgentes o inaplazables para determinar si los hechos denunciados han ocurrido o no. Y que estas funciones son sus competencias legales y constitucionales.

Por su parte, el abogado César Nakazaki sostuvo que el fallo del TC otorga un argumento político a Pedro Castillo para victimizarse, al establecerse un trato desigual en la aplicación de la Constitución. Asimismo, criticó que se haya limitado las investigaciones preliminares y no haya considerado que los ministros son responsables penalmente por actos del presidente.

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