El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo determinó, a través de una resolución, que el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, junto con dos funcionarios parlamentarios, incurrió en infracción a la neutralidad por el uso de una videocámara congresal en un acto político de Keiko Fujimori en Trujillo.
La decisión ha sido puesta de manifiesto el 13 de noviembre mediante la Resolución N.° 00133-2025-JEE-PCYO/JNE, y según informan medios nacionales, marca un precedente en la supervisión de conductas de altos funcionarios en pleno periodo preelectoral.
Como se recuerda, todo se inició con la denuncia por el uso de un equipo audiovisual del Parlamento durante el evento donde Keiko Fujimori anunció su precandidatura presidencial en Huanchaco (Trujillo), el pasado 30 de octubre.
Posterior a la denuncia mediática, el abogado trujillano y especialista en temas electorales, Tomás Alva, interpuso la demanda en el órgano electoral, quien ahora concluyó que el uso de la videocámara institucional favoreció directamente a Fuerza Popular, vulnerando el subnumeral 32.1.2 del Reglamento de Neutralidad Electoral, que prohíbe el uso de recursos públicos para favorecer a una organización política o candidato.
Los responsables
Según el expediente, la videocámara institucional fue empleada para registrar el acto partidario en Trujillo. El JEE, según el documento, analizó la cadena de custodia, los informes de descargo y las responsabilidades administrativas, concluyendo que hubo un uso indebido del patrimonio estatal “para fines estrictamente proselitistas”.

En ese sentido, el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, fue declarado responsable por omisión, al no haber garantizado controles internos para impedir que un bien del Parlamento terminara al servicio de un acto partidario. El JEE Pacasmayo remarca que Rospigliosi, como “máxima autoridad administrativa”, tenía el deber indelegable de proteger dichos recursos.
El documento resalta además que el titular del Legislativo es afiliado a Fuerza Popular, lo que agrava la omisión.
En tanto, el director general parlamentario, Jaime Abensur Pinasco, también fue hallado responsable por omisión funcional. Él se encontraba encargado de la Oficialía Mayor el día de los hechos, y también es afiliado a Fuerza Popular.
El servidor Daniel Constantino Luza Amésquita, quien laboraba en la Oficina de Participación Ciudadana, fue identificado como autor material del uso de la videocámara. Él mismo reconoció en sus descargos haber utilizado el equipo, aunque intentó justificarlo alegando un “error involuntario”. El JEE consideró su argumento infundado.





