Prevalece la ley. El magistrado Richard Concepción Carhuancho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, resolvió declarar inaplicable la Ley N.° 32107 en el juicio que se le sigue al ciudadano Arturo Luis Castro Arias por el delito de homicidio calificado.
En este caso, el juez hizo uso del control difuso, figura jurídica que faculta a los magistrados a dejar de aplicar una norma cuando consideran que es contraria a la Constitución Política o a los convenios internacionales pactados por el Estado.
La Ley N.° 32107, aprobada por el Congreso el 9 de agosto de 2024, establece que no se podrá procesar, condenar ni sancionar a una persona por delitos de lesa humanidad cometidos antes del 1 de julio de 2002, fecha en la que empezó a regir en el Perú el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
El caso que no se salvó
El proceso que motivó la aplicación del control difuso corresponde a Luis Castro Arias, acusado de homicidio calificado.
El abogado de Castro Arias había solicitado que se declare la prescripción del caso, amparándose en la citada norma; sin embargo, el juez Concepción Carhuancho determinó que esta ley no puede regir en el proceso, debido a su incompatibilidad con el marco jurídico internacional.
Con esta decisión del juez, se deja sin efecto la aplicación de la ley aprobada por el Congreso, en este caso específico, lo que permitirá que el proceso continúe su curso.





