Dina Boluarte promulgó la Ley 32181, que reforma el nuevo Código Procesal Penal. Esta ley que deroga la detención preliminar en casos donde no exista flagrancia preocupa a sectores judiciales y fiscales, pues traba una herramienta clave en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción.
La nueva ley elimina el inciso ‘a’ del numeral 1 del artículo 261 del Código Procesal Penal que permitía a un juez, a solicitud de un fiscal, ordenar la detención preliminar cuando existieran razones fundadas para creer que una persona había cometido un delito grave, con penas superiores a cuatro años de cárcel, y existiera riesgo de fuga u obstrucción de la investigación; aunque cuando no hubiera flagrancia.
A partir de ahora, los fiscales solo podrán solicitar detenciones preliminares cuando el delito se haya cometido en flagrancia, o sea, dentro de las 48 horas posteriores a su ocurrencia.
Criminales en su salsa
¿Cuál es el peligro de la ley? Que, en casos como asesinatos, robos, violaciones o actos de corrupción, solo se podrá detener inmediatamente si el delincuente es sorprendido en el acto. Es decir, los fiscales estarán atados de manos porque ya no podrán solicitar a un juez una detención preliminar, con procesos cortos y bien fundamentados, para proteger a la sociedad de actos delictivos.
Tampoco olvidemos que el crimen organizado y las redes criminales internacionales actúan rápido y podrán burlar fácilmente a la justicia.
La administración de justicia acaba de dar un giro peligroso, en favor de los delincuentes. Raúl Canelo, decano del CAL, sostiene que eliminar la detención preliminar en no flagrancia es inconstitucional y riesgoso. “Esta ley no hace más que penalizar la labor de jueces y fiscales”, dice.
Bala y más bala
El Gobierno también ha oficializado la ley para que policías se excedan en uso de su arma. Así lo pida un fiscal o lo ordene un juez, los efectivos policiales no podrán ser detenidos por hacer uso de sus armas de fuego y maten o lesionen a una persona.
La norma determina que ni un fiscal ni un juez podrán solicitar o imponer detención preliminar ni prisión preventiva contra el agente policial involucrado. Si bien la norma tiene como fin “garantizar el principio de inocencia y brindar mayor protección al personal de la Policía Nacional del Perú”, varios han advertido que la norma está dirigida a los que protesten contra el gobierno.