Tras dictarse el adelanto de fallo por el atropello que cobró la vida del vigilante Juan Martínez, la empresaria Maritza Alfaro fue condenada a 4 años, 6 meses y 26 días de prisión efectiva por el delito de homicidio culposo. Aunque el magistrado ordenó su internamiento inmediato de manera provisional en el penal mientras se resuelve el recurso de apelación, el panorama legal de la sentenciada abre de inmediato una interrogante: ¿podría la empresaria salir antes de prisión?
En declaraciones exclusivas para Conexión Norte, el reconocido abogado penalista y exfiscal provincial de Trujillo, Alfredo Galindo Peralta, analizó el escenario técnico del caso y reveló detalles que confirman que la procesada no pasaría la totalidad de los más de cuatro años tras las rejas.
Una pena que ya estaba acordada
En primer lugar, Galindo señaló que los años de la sentencia no resultaron ninguna sorpresa para las partes, debido a que el tiempo de reclusión ya se había pactado previamente. «Esta es una sorpresa, no, porque la pena ya fue acordada en la audiencia anterior entre la fiscalía y la defensa de la acusada. Ya se sabía de antemano cuál iba a ser la cantidad de años o el tiempo de la sentencia; lo único que quedaba por definir es si esta sentencia iba a ser suspendida o tener el carácter de efectiva. El juez ha optado por esta segunda posición», explicó el exfiscal.
«Dependía del juez determinar si iba a la cárcel provisionalmente hasta que se resuelva el recurso de apelación o no. ¿Es posible que una persona vaya al penal solamente con un adelanto de fallo? La respuesta es no»
El especialista cuestionó con dureza ante nuestros micrófonos que el magistrado decidiera ejecutar la pena de forma inmediata, enviando a la empresaria a un penal basándose únicamente en un adelanto de fallo, mientras que los fundamentos completos recién se notificarán el viernes. «Que se ejecute ya la pena y la empresaria sea conducida a un penal es una decisión netamente que responde al criterio judicial, o sea, no hay nada escrito. Dependía del juez determinar si iba a la cárcel hoy provisionalmente hasta que se resuelva el recurso de apelación o no. ¿Es posible que una persona vaya al penal solamente con un adelanto de fallo? La respuesta es no», precisó.
Al respecto, Galindo recordó para el precedente del expresidente Ollanta Humala, quien fue recluido bajo esa misma figura: «Él interpuso un habeas corpus y el Tribunal Constitucional le dio la razón, determinando que no es posible la privación de la libertad de una persona sólo con un adelanto de fallo si aún no se notifican los fundamentos».
Otras contradicciones
Para contextualizar la severidad aplicada en este caso culposo, el letrado contrastó la disparidad de criterios que a veces muestra la jurisprudencia, trayendo a colación un conocido caso de archivo local.
«Recordemos el caso de Elidio Espinoza Quispe y el denominado Escuadrón de la Muerte. En primera instancia fue condenado a 30 años de cárcel por los delitos de homicidio calificado y secuestro agravado. Siendo dos delitos graves y habiendo pluralidad de acusados, la Sala Penal, invocando el principio de humanidad, consideró que esa pena todavía no se ejecutaba en tanto se resolviera el recurso de apelación. ¿Cómo se entienden estos criterios tan diferentes? Por un delito culposo va a la cárcel provisionalmente y por delitos gravísimos se les dio la oportunidad de estar en libertad», cuestionó.
Beneficios penitenciarios: Libre en menos de dos años
Finalmente, el abogado penalista detalló que la legislación vigente le abre las puertas a la empresaria para recuperar su libertad de manera anticipada mediante los beneficios penitenciarios.
«Para la semilibertad basta que se haya cumplido un tercio de esta pena para que la sentenciada pueda solicitar su libertad. Siempre y cuando haya estudiado, trabajado dentro del penal, tenga una evaluación psicológica favorable, buena conducta y un informe social favorable. Entonces, con el tercio de la pena, o sea, menos de dos años, ya la empresaria puede recuperar su libertad, y si no es así, a la mitad. El panorama nos dice que no necesariamente ella va a estar recluida durante todo ese tiempo», concluyó.





